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Foto del escritorVotación Escolar Justa

Contestación Consejería

Como os contamos hace unas semanas, la Asociación Plataforma Votación Escolar Justa ha colaborado con familias de colegios de diferentes municipios de la Comunidad de Madrid para, por una parte, poner en relieve los resultados de sus últimas votaciones y, por otra, reivindicar la actualización de la Orden 502/2013.


La respuesta de oficio de la Consejería de Educación, uno de los destinatarios, ha sido rápida. Se trata de la misma respuesta tipo que manda, desde hace años, a todo remitente que expone una queja sobre jornadas escolares, sin tener en cuenta el verdadero motivo que la genera. Nos apetece compartir esta respuesta con vosotros, para que también la conozcáis.


En su primer párrafo la respuesta que dan a las familias es:


En relación a su escrito de queja, recibido en la Comunidad de Madrid con número de registro xxxxx referido al establecimiento de la jornada escolar continuada en los colegios públicos de Educación Infantil y Primaria en la

Comunidad de Madrid, hay que indicar lo siguiente:


Como veis hace referencia a que la queja es respecto al establecimiento de la jornada escolar continuada, lo cual es erróneo. En ningún caso, ninguna de las familias se ha referido, en su solicitud, a ningún tipo de jornada, ni se solicita la Jornada Continuada a la que hace mención. Lo que se solicitó en ese primer escrito es la actualización de la Orden 502/2013, de tal suerte que el quórum de participación (art.3) se minore hasta la mayoría absoluta (51%) o se aproxime a dicha mayoría como en otras Comunidades Autónomas, ya que una minoría del censo con no acudir a votar invalida todo un proceso.


La Consejería de Educación continúa exponiendo que:


La Comisión de Educación de la Asamblea de Madrid aprobó por unanimidad, con fecha 2 de febrero de 2005, una Proposición No de Ley, la 83/04, en la que instaba al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid a modificar la normativa vigente en materia de jornada escolar: “con el fin de que la voluntad de las madres y de los padres de los alumnos quede expresada de manera inequívoca y

claramente mayoritaria”.


Nos gustaría expresar nuestro absoluto desacuerdo con esta afirmación, ya que a la luz de los resultados de las votaciones de los colegios, queda constancia de que la voluntad inequívoca y mayoritaria de las familias es hacia el cambio de jornada.


Entendemos que estas amplias mayorías a favor del cambio, en muchos casos rozando el 90% de los votantes, es suficiente para validar una votación, como sucede en la práctica totalidad de los procesos democráticos tanto autonómicos como estatales.


Los siguientes párrafos dicen así:


A lo largo de todos estos años, la Asamblea Regional y la propia Comunidad de Madrid han mantenido el convencimiento de que, en una cuestión como la jornada

escolar, era necesario contar con un consenso amplio y suficiente en la comunidad educativa, de modo que cualquier modificación al respecto tuviera el apoyo de la mayoría de la comunidad escolar del centro educativo y, por lo tanto, una

perspectiva de estabilidad en un tema tan sensible.


En el ejercicio de su autonomía, y en cumplimiento de la normativa vigente, actualmente más del 60 % de los colegios públicos de la región tienen autorizada la jornada escolar continuada con carácter estable.

La Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía le agradece su interés y preocupación por la mejora de la enseñanza en la Comunidad de Madrid.


En esta respuesta de oficio se obvian aspectos muy importantes de la solicitud hecha por las familias, como la actualización de los artículos 2 y 4 de la actual normativa, que en muchas ocasiones impide por lo que vela la propia Consejería, que es que las familias puedan expresar su voluntad en las urnas. Ya que, muchas veces, el proceso de votación no se abre en los Consejos Escolares ni se valida en ellos posteriormente. Lo que supone una grave deslegitimación de un proceso democrático llevado a cabo.


Tampoco se responde a la solicitud de equiparar la participación de voto de las familias monoparentales al del resto de las familias. Como bien dice en la respuesta la Consejería de Educación, la Orden 502/2013 está basada en otra anterior del 2005, han pasado 17 años en los que la sociedad y las unidades familiares cambian.


Por último, nos gustaría que desde las administraciones, en este caso la Consejería de Educación, que trabajan para recibir e intentar solucionar las quejas e inquietudes de las familias a las que dan servicio, se realizara correctamente esta función. Y que cuando, por parte de cualquier familia, les llegue un escrito, éste sea, como mínimo, leído para comprobar el asunto del que trata. No nos sirve que se responda a 50 familias, cada una con un escrito personalizado acorde a las circunstancias de su centro, con un escrito de oficio que no responde ni siquiera a lo más básico de su demanda.


Esta respuesta que nos está llegando, puede parecer desmotivante, por repetida, irrespetuosa con la verdadera preocupación de las familias y obsoleta. Son obstáculos en el camino que evidencian que a pesar de las diferencias entre centros escolares y municipios, es más lo que nos une. Y no hace sino reforzar y legitimar el motivo por el que fue creada la Asociación Plataforma Votación Escolar Justa y la lucha que estamos llevando a cabo, para que se escuche a las familias.


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