Nada más empezar el curso 2024-2025, en el Debate de Estado de la Región del día 12 de septiembre, la Presidenta de la Comunidad de Madrid, anunció las medidas que se iban a tomar desde la Consejería de Educación con respecto a las jornadas escolares y la conversión en CEIPSO de los colegios que pudieran acoger en sus instalaciones 1º y 2º de la ESO.
El 24 de octubre, en el Portal de Transparencia de la CAM se publicó el Proyecto de Decreto por el que se regula la jornada escolar en los centros docentes de Infantil y Primaria, así como en colegios públicos autorizados para impartir Educación Secundaria Obligatoria y en centros que impartan Educación Especial. Detrás de este título se mezclan dos temas importantes, uno el de la jornada escolar y otro el de los CEIPSO.
Las medidas anunciadas afectarán a los colegios de nueva construcción, que serán CEIPSO, acogerán 1º y 2º de la ESO y partirán con una jornada escolar partida que no podrán cambiar mediante votación. Lo que no se aclara es que los colegios ya construidos que se conviertan en CEIPSO, añadiendo esos dos primeros cursos de la ESO porque sus infraestructuras lo permitan, serán tratados como colegios de nueva creación y en ellos también se establecerá la jornada partida (sin posibilidad de cambio) aunque actualmente cuenten con una jornada continua, conseguida democráticamente mediante un proceso de votación, regulado por la Orden 502/2013 y la Orden 121/2024.
Del 25 de octubre al 9 de diciembre se ha abierto una primera fase de participación pública en el proyecto normativo, con una consulta pública, tal como se contempla en la normativa publicada a tal efecto.
Los objetivos de la Consejería de Educación para hacer una nueva normativa sobre jornadas escolares son dos: “Actualizar la regulación de la jornada escolar con el objetivo de incrementar la capacidad de elección de las familias madrileñas y facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar.” Especificando además que: “No existe otra solución alternativa que cumpla con igual eficacia los objetivos perseguidos con esta norma.”
Pero, ¿es ésto verdad? Por supuesto que no lo es.
Con respecto al primer objetivo:“Actualizar la regulación de la jornada escolar con el objetivo de incrementar la capacidad de elección de las familias madrileñas.” Desde la Asociación Plataforma Votación Escolar Justa, llevamos casi 4 años trabajando en visibilizar que la capacidad de elección de las familias de la CAM pasa por una normativa justa que regule las votaciones para el cambio de jornada. Desde que se publicó la Orden 502/2013 se viene denunciando a la Consejería que la normativa manipula las votaciones al exigir un porcentaje de participación del censo específico. Durante más de una década las quejas han caído en saco roto, porque los cambios de jornada se conseguían a cuentagotas. No ha sido hasta después de la pandemia que los colegios han empezado a votar más y a conseguir pasar a jornada continua con más rapidez, llegando a día de hoy a un porcentaje del 75% de colegios en la Comunidad de Madrid con ese tipo de jornada. Y ahora, parece que a la Consejería no le cuadran los números y anuncia medidas para revertir la situación y prohibir votar a la familias.
De manera que es mentira que no haya otra solución alternativa al objetivo de incrementar la capacidad de elección de las familias, el problema es que las familias no eligen lo que la Consejería de Educación quiere y no le queda otra alternativa que coartar su libertad decidiendo (sin base científica) lo que a sus intereses conviene, que claramente no es lo que el 75% de familias de la comunidad educativa han elegido.
Por otra parte, haciendo referencia al segundo objetivo del Proyecto de Decreto: “Facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar”, desde la Asociación PVEJ creemos que para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar no hace falta imponer una u otra jornada, puesto que en nada afecta la organización lectiva a la permanencia del alumnado en el centro escolar. En ambas jornadas los menores permanecen en el colegio de 9h a 16h, horario que se puede ampliar con extraescolares y el servicio de acogida de la tarde.
¿Existen soluciones alternativas que cumplan con eficacia el objetivo de facilitar la conciliación laboral y familiar? Por supuesto, algunas de ellas podrían ser: facilitar la jornada reducida en todos los colectivos laborales, ampliar a 14 años la edad máxima del menor para solicitar la jornada reducida, ampliar las modalidades de jornada reducida (en hora, días…), aumentar las contrataciones para que los trabajadores que lo necesiten puedan disfrutar de una jornada reducida… Alternativas hay, el problema es que no son las alternativas que gusten a las empresas y a la administración, parece que prefieren que los menores estén más tiempo en el ambiente escolar que no con sus figuras de apego, que es con quién deben estar. Por no hablar de los docentes, que también forman familias con necesidad de conciliación familiar.
Desde la Asociación PVEJ creemos que cualquier decisión o medida que afecte a familias y docentes debería contar con un consenso amplio de toda la comunidad educativa. Además, nos parece que para que las familias participen en la Consulta Pública con toda la información disponible, desde la Consejería de Educación se debería informar correctamente de los pasos a seguir en el proceso normativo, aclarando si va a haber un segundo período de audiencia e información pública después de la publicación del borrador de la nueva normativa y poniendo a disposición de las personas y entidades afectadas por el decreto los estudios científicos en los que están basando sus medidas que claramente van en detrimento de la libertad de elección y participación de las familias y docentes en el ámbito escolar.
Por ello os animamos a participar en esta consulta pública y os facilitamos una Guía PVEJ dónde tenéis los enlaces a toda la información necesaria. Porque tu opinión es imprescindible. ¡Alega!
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