El día 4 de diciembre de 2023 se publicó en el Portal de Transparencia de la CAM, en el apartado de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, el Proyecto de Orden que modifica la Orden 502/2013
Entre los documentos que aparecen se puede consultar el Borrador del Proyecto de Modificación donde se han reflejado las modificaciones sobre la Orden 502/2013 a las que se han llegado por consenso, las más importantes son las siguientes:
Actualización y publicación del censo. Se establece exactamente qué personas deben aparecer en el listado del censo escolar.
Modalidad de voto telemático a través de la Plataforma Raíces, procediendo del siguiente modo:
Se establecerá la fecha inicial y final para participar en la consulta telemática.
La fecha final de la votación telemática debe ser al menos diez días naturales antes de la fecha fijada para la votación presencial. De manera que el votante pueda comprobar que su voto se ha registrado correctamente y en caso contrario acogerse a cualquiera de las otras modalidades de voto.
Se puede emitir el voto telemático una única vez, siempre dentro del periodo establecido.
Se podrá imprimir el justificante de voto y se habilitará un modo de consulta para visualizar el voto emitido.
El centro obtendrá a través de Raíces un listado de los votantes que han ejercido su derecho a voto por esta modalidad y procederá a indicarlo en el censo y hacerlo público.
El centro también recibirá, a través de Raíces, un informe en el que figurará el resultado global de la votación telemática, no el sentido del voto de los participantes.
Una vez realizado el escrutinio de los votos presenciales y los votos recibidos por correo postal, se incorporará el informe de la votación telemática.
Modificación del Anexo III del acta del escrutinio.
Como ya os anticipamos, después de la reunión mantenida con la Consejería de Educación, puntos muy importantes como los 2/ 3 de porcentaje de participación del censo, las votaciones en el Consejo Escolar tanto para la apertura como el cierre de los procesos y la equiparación en participación de voto a todas las familias, no se han tenido en cuenta.
Se han establecido 15 días hábiles, del 11 de diciembre de 2023 al 2 de enero de 2024, ambos inclusive, para que las personas y entidades interesadas pueden presentar sus alegaciones.
Desde la Asociación Plataforma Votación Escolar Justa nos parece muy importante que todas las quejas que durante décadas han llegado a la Consejería de Educación y al Defensor del Pueblo, por parte de docentes, familias y entidades, queden registradas ahora en el proyecto de la nueva Orden, de manera que quede constancia de que el borrador presentado sigue siendo insuficiente, porque sigue sin ser justo.
Además, creemos que el esfuerzo de la Consejería de Educación por modificar la normativa, debería reflejar las sugerencias que ha recibido desde diferentes entidades como por ejemplo el Defensor del Pueblo, que en su resolución de 2023, a la queja que pusimos desde la Asociación, determinó que convendría revisar la normativa para que contara con consensos más amplios, tal como, por otra parte, se ha hecho ya en otras comunidades autónomas como la Valenciana y Navarra. O CCOO, integrante del Consejo Escolar de la CAM, que también considera necesario revisar el porcentaje de participación del censo y el uso del lenguaje inclusivo en el borrador.
Nos gustaría que, dentro de la rigurosidad normativa necesaria, la administración fuera permeable a las quejas que llevan recibiendo desde hace años. Porque una nueva Orden más justa, inclusiva y actual sería la puerta abierta a procesos de votación dónde se dejaran de lado los conflictos que vienen repitiéndose curso tras curso y que no son hechos aislados, como parecen entender, sino la tónica general en las votaciones escolares.
Ahora es el momento de aportar, es muy importante la difusión de la información y la participación de las familias, docentes y entidades en la nueva Orden. Si no has alegado, hazlo. Si ya lo has hecho, comparte.
Comments