Mientras que en la Comunidad de Madrid seguimos embarcados en un debate sobre jornadas escolares polarizado y polémico, regulado por una normativa, la Orden 502/2013, que necesita una actualización; en otras comunidades autónomas buscan alternativas.
Es el caso de la Comunidad Valenciana que revisó y actualizó la normativa en 2022, en ella la opción de jornada escolar se amplía y se añade una Jornada lectiva flexible o mixta.
Especificando también que:
1. La modalidad de jornada escolar flexible o mixta es aquella en la que las actividades lectivas para el alumnado deben impartirse en horario de mañana y en aquellas tardes que determine el horario que se establezca en el proyecto, que podrá alternar días de horario lectivo de mañana y de tarde con días de horario lectivo únicamente matinal.
Esta actividad lectiva será una combinación de jornada partida y continua.
2. En todo caso en las tardes que no haya actividad lectiva se garantizará la realización de actividades extraescolares hasta las 17 horas.
De esta manera, la normativa pretende garantizar que la oferta de la jornada escolar de cada colegio se adapte a las necesidades de las familias que lo componen. Estableciendo claramente una diferenciación entre el horario lectivo/horario de aprendizaje y horario de permanencia en el centro, que en ningún caso varía, sea cual sea la jornada escolar elegida por las familias del centro.
Establece además los horarios del servicio de comedor y transporte escolar para cada jornada. Teniendo en cuenta también el tiempo de desarrollo y la calidad de las actividades extraescolares.
Algo similar está pasando en Navarra que desde el 2007 han estado incorporando progresivamente en los centros escolares la jornada continua y flexible, aunque todavía no se han hecho públicas las evaluaciones internas sobre ello.
La nueva Orden regulará las jornadas escolares de los centros de Educación Infantil y Primaria de Navarra. Una vez finalizado el carácter experimental de las jornadas continua y/o flexible todos los centros educativos tendrán que decidir de nuevo sobre su jornada con arreglo a la nueva orden de cara al curso 2024-2025 y siguientes.
La Orden Foral define la jornada flexible como aquella cuyas actividades lectivas para el alumnado, en los meses de octubre a mayo, se imparten en horario de mañana y de tarde durante tres días a la semana. Y en horario de mañana durante los dos días restantes, siendo éstos los miércoles y los viernes.
La totalidad de las actividades extraescolares del programa serán voluntarias y gratuitas para el alumnado, que tendrá derecho a ser atendido en horario de tarde los cuatro días de la semana.
Desde la Asociación Plataforma Votación Escolar Justa no sabemos si la incorporación de una jornada flexible, alternativa a la partida y la continua, es una solución para cubrir las necesidades de las familias o para aumentar el bienestar del alumnado. Pero creemos que refleja el esfuerzo de las administraciones por valorar el panorama educativo de sus comunidades autónomas y el interés por actualizar las normativas, que es una petición reiterada de las familias en muchas comunidades educativas.
Por nuestra parte llevamos más de dos años y medio trabajando por dar visibilidad a la normativa de la Comunidad de Madrid. Creemos que no es justa, que se bloquean los procesos de votación en los Consejos Escolares, que las familias no están equiparadas, que el porcentaje de participación del censo está generando enfrentamientos en los colegios.
Nos gustaría que desde la Consejería de Educación de la CAM hubiera una mayor implicación y se tuvieran en cuenta éstas y otras variables que afectan directamente a las familias, a la hora de afrontar el proceso de votación para el cambio de la jornada escolar. Además creemos necesaria la realización, por parte de profesionales de diversos ámbitos, de un estudio actual sobre jornadas y la repercusión de éstas en el alumnado de los diferentes ciclos educativos.
Y vosotros, ¿qué opináis sobre la jornada flexible o mixta?
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