El proceso de votación para el cambio de jornada sigue con el paso 3, referente al censo escolar.
PASO 3. ACTUALIZACIÓN, PUBLICACIÓN y PLAZO DE RECLAMACIÓN del CENSO ESCOLAR.
¿Qué dice la Orden 121/2024?
Actualización y publicación del censo: el censo de votantes estará formado por todos los padres y madres o representantes legales de los alumnos que estén matriculados en el centro en las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria. Dicho censo será actualizado por el Consejo Escolar, hecho que quedará recogido en el acta de la sesión que corresponda, y será expuesto en el tablón de anuncios del centro.
Se establece un plazo de reclamaciones de tres días lectivos contados a partir del día siguiente al de su exposición. Una vez resueltas las reclamaciones, se expondrá el censo definitivo en el tablón de anuncios del centro.
IMPORTANTE
En el listado del censo escolar debe constar el padre, la madre o los tutores legales de los alumnos matriculados desde 1° de Educación Infantil (3 años) hasta 6° de Educación Primaria.
Es importante comprobar que ambos progenitores aparecen en la lista. Si no estuvieran, se debe reclamar en el plazo indicado por la normativa.
También se reclamará si aparecen en el censo personas ajenas al alumnado en lugar de sus progenitores.
Es imprescindible comprobar, tanto por parte del equipo directivo como de las familias, que no aparecen nombres repetidos. Esto aumenta el número total del censo.
En el censo escolar aparecerán únicamente las familias cuyos hijos/as estén matriculados en el colegio a día de la publicación del mismo, no pudiendo votar aquellas familias cuya incorporación al centro sea posterior al momento de la publicación del listado definitivo.
En los CEIPSO aparecerán en el censo los padres, madres o tutores legales del alumnado de Educación Infantil y Primaria. En ningún caso aparecerán aquellos progenitores o tutores legales cuyos hijos/as vayan ÚNICAMENTE a Educación Secundaria. Pero sí aparecerán si en su unidad familiar hay alumnos/as de varios ciclos.
El tablón de anuncios deberá estar en un lugar accesible para que las familias puedan consultarlo en todos los horarios de entradas y salidas del alumnado, incluyendo las entradas al centro en la acogida de mañana y las salidas de extraescolares y acogida de tarde.
La protección de datos no es una excusa para no exponer el listado en el lugar más visible para las familias, que suele ser en el exterior de la puerta principal de entrada. Ahora los datos personales están codificados. Sería conveniente también que, por parte del colegio, se incluyeran al inicio de la lista unas breves instrucciones para que las familias pudieran localizarse con facilidad.
¿Qué actualización proponemos en la Asociación PVEJ?
Que en el listado del censo aparezcan también los docentes, como forma de evitar bloqueos en el proceso de votación.
Todos y cada uno de los pasos del proceso de votación son importantes y en especial, el listado del censo escolar, que no suele consultarse por un número elevado de familias.
El número total del censo escolar determina que en la votación se traspase o no la barrera de los 2/3 de participación. Por lo tanto, es imprescindible que las familias que tengan intención de votar consulten que están en el listado.
Si tienes más dudas, escríbenos a votacionescolarjusta@gmail.com
Si quieres ayudar a otras familias, no te guardes la información y comparte.
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