Cuando hablamos de la Orden 502/2013 nos centramos en la Comunidad de Madrid, porque es la normativa que regula el proceso de votación para la elección de la jornada en los colegios públicos de nuestra comunidad.
Pero, ¿qué está pasando en otras comunidades autónomas con respecto a este tipo de votaciones?
Echando un vistazo a las normativas existentes en otras comunidades autónomas llegamos a la conclusión de que nuestra reivindicación de la actualización de la normativa haría de esta votación un proceso más justo, también para la Comunidad de Madrid.
Nos parece interesante hacer un repaso de las normativas en algunas Comunidades Autónomas, para que nos hagamos una idea:
Comunidad Valenciana, la Orden 25/2016, de 13 de junio, dispone en su artículo 8 que se precisará el voto favorable de, como mínimo, el 55% de los votos del censo.
Galicia, la Orden de 29 de mayo de 2008, en su artículo 2 exige un acuerdo favorable del 58% del total del censo.
Aragón, la Orden 63/2016, de 16 de febrero, en el artículo 28, requiere un 55% de participación del censo total de padres y madres.
Baleares, la Orden de 21 de mayo de 2002, en su artículo 4 establece el porcentaje de participación en el 50% o superior.
La Rioja, la Orden 4/2006, de 3 de febrero, modificada el 2018, establece, en su artículo 7, que deben participar al menos 3/5 del censo escolar.
Castilla la Mancha, la Orden de 6 de septiembre de 2001, en el artículo 5, sitúa el porcentaje de participación en una mayoría simple respecto a la totalidad del censo.
Canarias, la Orden de 23 de septiembre de 1992, en su artículo 28, requiere un mínimo del 25% de participación del censo.
Navarra, en un anexo de la resolución 114/2019, de 5 de noviembre, requiere de al menos los 3/5 votos del censo total.
Es también cierto que en otras comunidades la jornada escolar está establecida por decreto, como en el caso de Cataluña dónde está establecida la Jornada Partida a nivel autonómico o Extremadura donde se da el caso contrario, con la Jornada Continuada establecida desde Pero en las comunidades donde sí podemos votar para elegir la jornada escolar, que mejor se ajusta a nuestra unidad familiar, como en la CAM, queremos reclamar que la votación sea más justa y se actualice tanto el porcentaje de participación, como ya se contempla en otras regiones, como los demás artículos de la Orden 502/2013 que consideramos que están obsoletos y deberían revisarse.
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