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Alegaciones PVEJ en la audiencia pública del Proyecto Decreto de la jornada escolar

  • Foto del escritor: Votación Escolar Justa
    Votación Escolar Justa
  • 9 jul
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: hace 6 horas

El plazo de alegaciones al Proyecto de Decreto de la jornada escolar acabó el 15 de julio de 2025


Se habilitaron 15 días naturales para recoger las alegaciones de los ciudadanos y entidades implicadas en este cambio de normativa que afectará tanto a los colegios públicos de Educación Infantil y Primaria de la CAM como a los CEIPSO y centros de Educación Especial.



Desde la Asociación Plataforma Votación Escolar Justa hemos estado informando de la posibilidad de alegar y facilitando a familias y docentes varios documentos para animar a ejercer el derecho que desde la Administración se ha puesto a nuestra disposición.


Publicamos una GUÍA PVEJ, con información general sobre plazos, que puedes consultar aquí 


Desde el 24 de junio de 2025 que se publicó el borrador del proyecto decreto, nos hemos puesto en contacto con los equipos directivos de los CEIP de la Comunidad de Madrid, sus AMPA/AFA y sus Federaciones/Confederaciones, los sindicatos de docentes y los medios de comunicación.


Nos parece muy importante informar y difundir el momento en que se encuentra el proceso de audiencia e información pública  y recordar que la participación es imprescindible en este punto. 


Desde la Asociación PVEJ presentamos nuestras alegaciones el 8 de junio, junto al texto de alegaciones adjuntamos 4 documentos de pruebas, para dejar constancia del por qué de nuestras propuestas y de la importancia de que se tengan en cuenta en la nueva normativa de la jornada escolar.



Entre los puntos imprescindibles para que el Decreto sea justo están:


  • Necesidad de que se involucre a los docentes sobre su preferencia de la jornada escolar y la elección de la misma.

  • Igualdad para todas las familias de la CAM, que en TODOS los colegios públicos se pueda votar para elegir la jornada escolar, sea la jornada partida o la continuada.

  • Importancia de garantizar las mayorías cualificadas en esta votación. Sin un quorum justo de participación requerido, al menos un 50+1,  ni un porcentaje mínimo de conformidad de las personas que ejercen su derecho al voto, porcentajes pequeños del censo del centro escolar pueden cambiar la jornada escolar sin que la voluntad de las familias del alumnado quede expresada de manera mayoritaria. Es inadmisible que un pequeño porcentaje de familias puedan cambiar la jornada de un centro escolar.


NO podemos permitir que la derogación de la Orden 502/2013 y de la Orden 11994/2012 no sea para crear una normativa más justa. Ni podemos tolerar justificaciones sin sentido para imponer una jornada escolar desde la administración y prohibir votar al 25% de los colegios públicos de la CAM con miles de familias afectadas.


¿Y vosotros? Familias, docentes, sindicatos, entidades… ¿Habéis participado? ¡Contadnos!








 
 
 

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