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Paso 4. Mesa Electoral

Una vez aprobado de manera definitiva el censo escolar, el siguiente paso se centra en la preparación de la votación.


PASO 4. MESA ELECTORAL 


¿Qué dice la Orden 502/2013?


  • La mesa electoral estará integrada por el Director del centro y cuatro padres o representantes legales de los menores designados por sorteo de entre los incluidos en el censo. Dicho sorteo será realizado por el Consejo Escolar que, por el mismo procedimiento, elegirá a cuatro suplentes. 


  • La mesa electoral se constituirá el día fijado para la votación una hora antes del inicio de la misma. Actuará como Presidente el Director del centro y como Secretario el representante de los padres de menor edad. Podrá actuar como supervisor de la votación un padre o representante legal de los menores propuesto por cada Asociación o Asociaciones de Padres de Alumnos legalmente constituidas en el centro. 


IMPORTANTE


  • Para evitar impugnaciones de la votación los componentes de la mesa electoral deben ser nombrados por sorteo.

  • Es habitual que se haga una votación y ninguno de los padres, madres o tutores legales puedan asistir a la mesa electoral. Debería repetirse la votación hasta encontrar personas disponibles entre los componentes del censo escolar.

  • Recordad que formar parte de la mesa electoral no es obligatorio, pero se debería avisar de la falta de disponibilidad porque si no se conforma, con sus miembros fijos y suplentes, NO se podrá llevar a cabo la votación.

  • Hay muchas dudas de si la AMPA/AFA puede estar presente en la votación. La normativa es clara: sólo un representante de cada AMPA/AFA del centro podrá asistir como supervisor.

  • En ningún caso, dicho representante, participará en el desempeño de las funciones de los miembros fijos y/o suplentes de la mesa electoral ni en el escrutinio de los votos. Por lo que no podrá manipular ni el listado del censo, ni los sobres y papeletas de la urna, ni los votos recibidos por correo. 

  • El representante de la AMPA/AFA es mero supervisor/observador.


¿Qué actualización proponemos en la Asociación PVEJ?


  • Dentro del apartado de la constitución de la mesa electoral debería estar establecido el mínimo y el máximo de horas que permanecerá abierta para la votación presencial.


Aunque este último punto no está reflejado como tal dentro de nuestra propuesta de actualización de la Orden 502/2013, hemos visto cómo en muchos centros escolares se usa la apertura de la mesa electoral para manipular la participación en la votación. 


Establecer un mínimo y un máximo de horas de apertura de la mesa ya se refleja en normativas de otras comunidades autónomas, como la valenciana. Y nos parece que acota la posibilidad de que se produzca un mal uso del poder del Consejo Escolar en este punto.


Creemos que la revisión de éste y otros puntos de la normativa afecta directamente al buen desarrollo del proceso de votación y por tanto, debe tenerse en cuenta.


Si quieres ayudar a otras familias, no te guardes la información y comparte.

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